Hoy comienza el plazo para presentar la declaración de propiedad rústica

A partir de las 8 am de hoy (12), los propietarios de propiedades rurales en todo el país comenzarán a presentar la Declaración de Impuesto sobre la Propiedad Rural (DITR) de 2019. La fecha límite para la presentación de trabajos es el día 30 de septiembre a las 23:59:59 horas.

El Servicio de Ingresos Federales (SRF) espera recibir 5,7 millones de declaraciones este año, alrededor de 38 mil más que los 5.661.803 enviados en 2018. La declaración solo puede completarse a través del programa generador de declaraciones, que puede descargarse del sitio web de la agencia a partir de este lunes.

Las personas naturales o jurídicas que sean propietarias, ostenten el usufructo o tengan cualquier título sobre el inmueble rural, deberán presentar la declaración. Sólo los contribuyentes exentos o inmunes están exentos de presentar el documento. También está obligado a presentar la declaración el productor que haya perdido o transferido la posesión o el derecho de propiedad sobre el terreno a partir del 1 de enero.

El DITR debe completarse en la computadora, utilizando el programa generador. El documento puede ser transmitido a través de Internet o entregado en un medio removible (como un CD o pendrive) a cualquier unidad de Ingresos Federales. Quien no cumpla el plazo pagará una multa de R$ 11.000 mensuales sobre el impuesto adeudado, con un valor mínimo de R$ 1.000.000. Los contribuyentes que identifiquen errores en la información podrán presentar una declaración rectificativa antes de que la Administración Tributaria inicie la determinación oficial, sin interrumpir el pago del impuesto calculado en la declaración original.

El Impuesto sobre la Propiedad Rural se puede pagar en hasta cuatro cuotas mensuales, pero ninguna cuota puede ser inferior a R$ 50. Los impuestos inferiores a R$ 100 deben pagarse en su totalidad antes del 30 de septiembre, último día para presentar la declaración. El pago se puede realizar mediante el Documento de Recaudación de Ingresos Federales (Darf) en cualquier banco o mediante transferencia electrónica desde instituciones financieras autorizadas por el IRS.

Correo: Marina Carvejani
Autor: Noticias Agrícolas
Por: Noticias Agrícolas

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